Gustavo D Arturi - abogado
 
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Guias Practicas
De la Ventanillas Generales más comunes en los Tribunales:

Consideraciones Generales.
Los Tribunales ( Palacio de Justicia) serán su lugar de trabajo cotidiano, por ende, es conveniente ( con fines de celeridad y ahorro de tiempo profesional) conocer la ubicación y la función de las llamadas " ventanillas" más comunes al servicio de profesionales y/o particulares.
Veremos aqui algunas de ellas,haciendo la salvedad que en cada Departamento Judicial pueden existir algunas otras o las mismas pero con nombre distinto.-

INFORMES:


Todos los Departamentos Judiciales, cuentan generalmente con una ventanilla de información general, en el acceso principal. Ante la consulta, será derivado al lugar correspondiente. En algunos edificios existen diagramas donde consta la ubicación de cada dependencia.
Cuando por cualquier circunstancia el profesional deriva al consultante al edificio de Tribunales, es conveniente indicarle la ubicación precisa donde debe presentarse o indicarle donde esta la de informes. Esta simple indicación evita el peregrinaje en un lugar que no le es habitual.-

FICHERO:


Esta ventanilla que también puede tener la denominación de Mesa de Entrada General, cuenta con información sobre la fecha de inicio y juzgado interviniente en expedientes del Departamento Judicial local. Generalmente el consultante aporta datos respecto al supuesto actor y/o demandado, o causante o fallido, etc,o la posible carátula y la fecha en la que supone pudo haber sido iniciado el trámite.
En algunos Departamentos Judiciales este servicio puede estar informatizado y por ende la consulta es evacuada con mayor celeridad.-

RECEPTORIA GENERAL DE EXPEDIENTES:
Este es el lugar donde se recibirán las demandas en su inicio.
Funcionan de acuerdo a un Reglamento dictado por la Suprema Corte de Justicia.
Allí se realizará el llamado " sorteo" respectivo y ud. tendrá designado el juzgado interviniente.
La Receptoría dará a las causas numeración según la serie que corrresponde a su categoría ( juicios ejecutivos-exhortos y oficios- juicios sumarios-ordinario- laborales, etc) y esta numeración será única en el Departamento Judicial.-
La custodia del escrito de iniciación y del sobre que contenga la documentación anexa, correrá por cuenta de la Receptoría hasta su entrega al juzgado adjudicado.
Importante: La Receptoría funciona solamente las primeras 5 horas del horario judicial.
Si actúa en Capital Federal, y es un asunto sometido a la mediación previa, se le sorteará el mediador. Si no: hecho el sorteo allí mismo retira la caratula donde constan los datos de los autos, número de expediente, el número de juzgado y secretaría interviniente, nombre completo del juez, del secretario y del letrado y la dirección del juzgado.-
Importante: recuerde que dicha carátula debe ser llevada al juzgado antes de las 48 horas.-

MESA DE ENTRADAS DE INFORMACIONES SUMARIAS:

La Suprema Corte tiene habilitada en cada Departamento Judicial una mesa de ingreso para el trámite de las informaciones sumarias que depende de la Receptoría General de Expedientes.-

MESA DE ENTRADA GENERAL DE ESCRITOS:

En esta ventanilla, se receptan escritos para distintos juzgados ( esto varía por Departamento Judicial). Generalmente el horario de atención es más reducido que el habitual, para permitir a los empleados de cada juzgado, recoger los escritos del día dentro del horario judicial.
Recuerde indicar en el escrito con precisión el Nº. de Juzgado al que corresponden los autos, para efectuar una correcta distribución.
Si bien esta normado la agregación de estos escritos en 24 hs., en algunos casos ( depende de la celeridad del trabajo interno en el Juzgado) los escritos pueden quedar para agregar, por ende, es conveniente cerciorarse que halla sido adjuntado.-

MESA VIRTUAL:

En aquellos Departamentos Judiciales Informatizados, la llamada " mesa virtual" permite la consulta (desde un centro informático en el mismo edificio o en el Colegio de Abogados) de los expedientes, con solo apuntar la carátula y/o nombre del actor o demandado y/o el número del mismo.
En principio este es un servicio al que acceden solo los profesionales abogados, mediante la utilización de una clave personal y es gratuito. Averigue en su Colegio de Abogados, cuales son los requisitos para obtener su clave.
Con esta misma clave, podrá acceder al mismo servicio desde su estudio profesional.
Tenga en cuenta, que toda la información que tiene a la vista, es cargada por los distintos juzgados y lamentablemente en algunos casos, esta carga puede no estar actualizada. Esto significa que la consulta en la Mesa Virtual no lo releva de su obligación de control del expediente en el propio juzgado.

MESA DE ENTRADAS DE LA OFICINA DE MANDAMIENTOS Y NOTIFICACIONES:

En esta Oficina confluyen todas las listas de cédulas de los distintos juzgados del domicilio cabecera del Departamento Judicial. Allí realizan su trabajo, los oficiales notificadores y los Oficiales de Justicia.
Los Departamentos Judiciales, más extensos territorialmente, tienen además Delegaciones de esta Oficina en distintas localidades.
Ud. deberá concurrir y acompañar la cédula ya sellada por el Juzgado, a la oficina que corresponda, teniendo en cuenta el domicilio de la persona que debe ser notificada.
Cuando la cédula es de un domicilio del radio territorial de la cabecera de los Tribunales, esta tarea la hace internamente el propio juzgado, quien envía las listas de cédulas directamente a la Oficina de Mandamientos y Notificaciones Departamental.
Cuando necesite hacer un seguimiento minucioso de una notificación, puede concurrir a esta Oficina y consultar el movimiento de estas listas.-
Así, mencionando el número de Juzgado, pondrán a su disposición el listado de cédulas que tuvieron entrada a la Oficina, desde ese Juzgado. Obtendrá como primer dato, esa fecha. Luego sabrá si el diligenciamiento ya se efectuó o no, podrá saber quien es el oficial notificador correspondiente al domicilio y cuando realizó la diligencia y finalmente sabrá cuando la cédula notificada fue enviada nuevamente al Juzgado.(ver Punto III: Listas de Cédulas)

ARCHIVO DEPARTAMENTAL:

De acuerdo a lo dispuesto por la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Provincia de Bs.As. (5827), " el Poder Judicial de la Provincia contará con un Archivo General. Esta dependencia estará formada por una Dirección con asiento en la ciudad capital ( La Plata) y secciones locales una en cada Departamento Judicial". ( art. 103)
Aquellos expedientes sin movimiento luego de pasar por la etapa de "paralizados" en el propio juzgado,( ver Listado de Legajos de Paralizados) son remitidos al "Archivo Departamental". Allí se les asigna un número de "legajo" y se confecciona un listado por juzgado.
Para extraer una pieza archivada se requiere orden judicial. Esto se efectúa mediante un Oficio al Jefe del Archivo, que es librado por el propio juzgado. ( ver oficios más comunes).
Importante: los expedientes archivados, cuando vuelven al archivo, mantienen generalmente el mismo número de legajo con el que entraron la primera vez que fueron archivados.-

OTROS SERVICIOS:

Es frecuente en los distintos Departamentos Judiciales, que el Colegio de Abogados de la jurisdicción, tenga asignado un lugar donde funcione una " Sala de Profesionales"; en ella encontrará todos los elementos para la confección de escritos, papelería y formularios de uso cotidiano.-
También pueden existir servicio de " fotocopiadoras" y/o fax para uso de los profesionales.-

BIBLIOTECA

El Poder Judicial organiza siempre su Biblioteca. Tengala presente para su trabajo diario; algunas tienen previsto el préstamo de determinados ejemplares y sino puede consultarlos en la sala de lectura. Actualmente y especialmente en la Provincia de Buenos Aires donde se encuentra en plena marcha la informatización de los servicios judiciales, es casi seguro que podrá acceder desde la Biblioteca a la consulta de la base de datos de la Suprema Corte. (JUBA).-

BOLETIN OFICIAL

Cuando deba publicar un edicto, deberá localizar la Oficina de la Delegación del Boletín Oficial; puede estar en el mismo edificio o en una dependencia externa. ( ver Punto VIII)

 
De las expresiones latinas y aforismos
del Derecho
Consideraciones Generales

Expresiones jurídicas de uso común en los escritos legales, como asimismo en la literatura jurídica.-

Expresiones Latinas y Aforismos

A fortiori.- Argumento por razón del más fuerte.
A posteriori.- Argumento según las consecuencias
A priori.- Argumento de lo que precede
A quo.- De quien
Ab initio.- Desde el principio
Ab intestato.- Sin haber hecho testamento. Utilizado con relación a la Sucesión
Actio damni infecti.-Acción por daños y perjuicios
Actio de in rem verso.-Accion de enriquecimiento sin causa
Actio in personam.-Acción personal
Actio in rem scripta.-Acción real
Ad effectum vivendi.-A efecto de ser visto
Ad effectum probandi.- A efecto de servir como prueba
Ad hoc.- Argumento referido al caso que se considera
Ad referéndum.-Algo realizado a condición de ser aprobado por otro sujeto
Ad solemnitatem.-Solemnidad exigida para la validez del acto
Affectio societatis.- Intención de constituir sociedad
Animus confidenti.-Voluntad de confesar
Animus domini.- Intención de ser propietario
Animus rem sibi habendi.- Intención de tener la cosa para sí
Casus belli.- Caso de guerra
Causa petendi.- Hechos alegados como fundamento de la pretensión
Concilium fraudis.- Concierto fraudulento
Corpus delicti.- Cuerpo del delito
De facto.- De hecho
De iure.- De derecho
De lege ferenda.- De una ley a dictarse
De lege lata.- De una ley vigente
De motu proprio.- Por propia iniciativa
Dura lex, sed lex.- La ley es dura, pero es la ley
Erga omnes.- Frente a todos
Error in iudicando.- Error judicial de fondo
Error in procedendo.- Error judicial de forma
Ex nihilo, nihil.- De la nada, nada
Ex nunc.- Desde ahora
Ex officio.- De oficio
Ex post facto.- Posterior al hecho
Ex tunc.- Desde entonces
Exceptio non adimpleti contractus.- Excepción de incumplimiento contractual
Extra petitum.- Fuera de lo solicitado
Ficta confessio.- Confesión ficta
Hic et nunc.- Aquí y ahora
Ibidem.- En el mismo lugar
In articulo mortis.- Celebrado en proximidad de la muerte
In dubio pro debitoris.- En la duda, hay que estar a favor de la liberación del deudor
In dubio pro operario.- En la duda, hay que estar a favor del trabajador
In dubio pro possesore.- En la duda, hay que estar a favor del poseedor
In dubio pro reo.- En la duda, hay que estar a favor del reo
In extenso.- En su totalidad
In fine.- Al final
In limine.- Al comienzo
In limine litis.- Al comienzo del proceso
In situ.- En el mismo sitio
In terminis.- En los propios términos
Intuitu personae.- En consideración a la persona
Iura novit curia.- El juez conoce el derecho
Iure proprio.- Por propio derecho
Iuris sanguinis.- Por derecho de la sangre o parentesco
Iuris soli.- Por derecho del suelo o territorio
Iuris et de iure.- Presunción que no admiten la prueba en contrario
Iuris tantum.- Presunción que admite la prueba en contrario
Latu sensu.- En sentido amplio
Lex posterior generalis not derogat priori speciali.- La ley posterior no deroga la ley especial anterior
Litiscontestatio.- Apertura de un proceso por demanda y responde
Manu militari.- Por la fuerza armada
Nemo dat quod non habet.- Nadie da, lo que no tiene
Nemo esse iudex in sua causa potest.- Nadie puede ser juez en propia causa
Nemo inauditus condemnetur.- Que no se condene a nadie, sin ser oído
Nemo plus iuris ad alium transferre potest, quam ipse haberet.- Nadie puede transmitir a otro más derecho del que tuviere
Nemo tenetur edere contra se.- Nadie puede ser obligado a ofrecer prueba en su contra
Non bis in idem.- No dos veces por la misma causa
Nullum crimen, nulla poena sine lege.- Ningún delito, ninguna pena, sin ley
Pacta legem contractui dant.- Los pactos dan fuerza de ley al contrato
Pacta sunt servanda.- Los pactos son para cumplirse
Per capita.- Por cabeza
Plus petitio.- Reclamación por un monto superior al debido
Prior tempore, prior iure.- Primero en el tiempo , primero en el derecho
Pro rata parte.- Proporcionadamente a
Qui tacet consentire videtur.-Quien calla, otorga
Ratio iuris.-Razón de derecho
Ratio legis.- Razón de la ley
Res non verba.- Hechos no palabras
Res nullius.- Cosa de nadie
Sine die.- Sin término fijo
Ultra petitum.- Más de lo pedido
Ut infra.- Como abajo
Ut supra.- Como arriba
 
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