SUMARIO
ACTORA:
DEMANDADA:
MATERIA: DAÑOS Y PERJUICIOS
MONTO:
DOCUMENTACION ACOMPAÑADA: ANTICIPO PREVISIONAL. BONO LEY 8480. *****
COPIAS: 2 juegos de documentación y demanda.-
INICIA DEMANDA POR COBRO DE DAÑOS Y PERJUICIOS.-
SEÑOR JUEZ:
****************, por si, con domicilio real en la calle ***, partido de ***, con el patrocinio letrado del *************
I.-OBJETO:
Que vengo a promover demanda por cobro de los daños y perjuicios *********
II.- CITACION EN GARANTIA:
III.- HECHOS:
Que el día ** de *** de ***a las ** horas aproximadamente, ** circulaba con un **** marca **, modelo 1986, cuyas demás especificaciones técnicas y de individualización obran en el certificado agregado a la demanda, a cuyo contenido nos remitimos en honor de la síntesis.
IV.- DERECHO - RESPONSABILIDAD:
La responsabilidad de la parte demandada encuentra sustento en lo dispuesto por los arts. y del C.C., la Ley 5800 y el decreto 14123/56 y jurisprudencia uniforme en la materia, que ha establecido la responsabilidad del dueño o guardián de las cosas cuyos vicios causaron el daño.-
**********
V.- DAÑOS MATERIALES:
Como consecuencia del accidente descripto, el automóvil del actor ********
VI.- DESVALORIZACION DEL VEHICULO:
Conforme reiterada y uniforme Jurisprudencia,
Se estima el rubro en la suma de $ - ( ), el que se deja librado al justo criterio de V. S. con m s sus intereses y costas.-
VII.- PRIVACION DEL USO DEL VEHICULO:
Conforme reiterada jurisprudencia, la mera privación del uso del vehículo ***
VIII.- PERJUICIOS DERIVADOS DE LAS LESIONES SUFRIDAS:
1) DAñOS SUFRIDOS POR *****:
Como consecuencia del evento, ******
El problema de la valoración o el cuantum es a lo que seguidamente nos referiremos. Para ello, es de advertir que en la mayoría de los rurbos la determinación queda sujeta al prudente arbitrio judicial, aún por encima de los valores que se consignarán, de acuerdo a la consideración de pautas y probanzas obrantes en la causa y las condiciones personales de la víctima. (CNEsp., sala III, Eguino c/ Guguenhein, 14/9/82).-
a) GASTOS DE ASISTENCIA MEDICO FARMACEUTICOS Y TRASLADOS:
La Jurisprudencia en forma pacífica ha sentado el principio que el art. el C.C. establece,
Por lo expuesto, y tomando en consideración una serie de tratamientos de los que no se sabe a ciencia cierta cuándo van a concluir, es que se reclama por este rubro la suma de $ *****.- , a la fecha de promoción de la presente.-
b) INCAPACIDAD SOBREVINIENTE:
Este rubro está constituido por el quebranto patrimonial indirecto derivado de las limitaciones ****
Por ello, dadas las circunstancias particulares del caso (edad, sexo, naturaleza y gravedad de las lesiones sufridas) y sin perjuicio del porcentaje que determinen las pericias médicas que se solicitarán, se estima que se ha producido una incapacidad del ***%, por lo tanto se deja librado al justo criterio de V. S. el monto indemnizatorio, de acuerdo a los prueba a rendirse en autos, el cual a los fines correspondientes justipreciamos en un valor no menor a la suma de $ *******.-
c) DAÑO MORAL:
Ha sido definido como "el desmedro o desconsideración que el agravio pueda causar en la persona
d) DAÑO PSIQUICO:
Quedó explicado párrafos ut supra que el evento de marras ha dejado en la víctima, aquí actor secuelas de naturaleza psicológica. En efecto, como consecuencia del accidente el presente se le refleja con marcada inseguridad, ansiedad y temor.
IX.- RESUMEN DE RUBROS Y MONTOS RECLAMADOS:
DAÑOS MATERIALES.-----------------------------------------$ **.-
DESVALORIZACION DEL VEHICULO.-----------------------------$ **.-
PRIVACION DEL USO DEL VEHICULO.---------------------------$ **.-
GASTOS DE ASISTENCIA MEDICO-FARMACEUTICOS Y TRASLADOS.----$ **.-
INCAPACIDAD FISICA.---------------------------------------$ **.-
DAÑO MORAL.---------------------------------------------$ **.-
DAÑO PSIQUICO.--------------------------------------------$ **.-
Son en total la suma de $ *******.- ( *******) con más lo que V. S. por los rubros cuya determinación se deja librada al justo criterio judicial o lo que en más o en menos resulte de la prueba a rendirse en autos, con sus intereses, costas y costos.-
X.- DERECHO:
XI.- PRUEBA:
Se ofrece la siguiente, que hace a los hechos y derechos invocados:
A) CONFESIONAL:
B) INFORMATIVA:
C) TESTIMONIAL:
D) RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTOS: Se cite en tal carácter a las siguientes personas:
E) PERICIAL MECANICA:
F)CONTABLE:
G) PERICIAL MEDICA: De acuerdo con el art. 457 y concordantes del CPCC, se solicita se designen los siguientes peritos, únicos de oficio:
MEDICO CLINICO:
TRAUMATOLOGO:
PSICOLOGO:
XII.- PACTO DE CUOTA LITIS:
XIII.- BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS:
XIV.- PETITORIO:
Por todo lo precedentemente expuesto a V. S. solicitamos:
Proveer de conformidad, que
ES JUSTICIA.-